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Jueves,2 de Septiembre de 2021

DELEGACIÓN DE FUNCIONES

ALCALDE - TENIENTE ALCALDE


ANUNCIO. Delegación funciones de Alcaldía.

La Alcaldía de este Ayuntamiento ha dictado Resolución nº 23/2021, de fecha 30 de agosto de 2021, que transcrita   literalmente dice así:

D. Fcº-Javier Sabalete Pancorbo, Alcalde –Presidente del Ayuntamiento de Escañuela (Jaen).

 “Considerando que corresponde a los/las Tenientes de Alcaldes, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilita a este para el ejercicio de sus atribuciones, así como el Alcalde puede efectuar delegaciones especiales a favor de cualquiera de los /las concejales/as.

 Visto que, por motivo profesionales, resulta necesario sustituir al Alcalde en todas sus funciones propias del cargo durante los días 1 al 30 de septiembre ambos inclusive.

 Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, resuelvo:

 Primero: Delegar en Don Jose Manuel Rosillo Torres, Primer Teniente de Alcalde, la totalidad de las funciones de Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 y 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local durante el periodo de ausencia del Alcalde, comprendido entre los días 1/09/2021 al 30/09/2021, ambos inclusive.

 Segundo: La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

 Tercero: El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posterior, y en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el periodo de referencia y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

 Cuarto: La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

Quinto: La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaen, dándose cuenta su contenido al pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

 Sexto: En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicaran directamente las previsiones de la Ley/1985,de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y del Reglamento de Organización, Funcionamiento  y Régimen Jurídico de las Entidades  Locales, aprobado por  Real Decreto  2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto  a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

  Lo que se hace público para general conocimiento en virtud del art 44.2 del Real Decreto 2568/1986.

         El Alcalde                           

 

Fdo: Fcº-Javier Sabalete Pancorbo  


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